Con bastante recurrencia podemos escuchar o leer afirmaciones, incluso de funcionarios públicos, que definen y caracterizan a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH) como un plan social.
Creemos que resulta conveniente resaltar, en principio, que la AUH no es un plan social. La AUH es una importante política pública, del campo de la seguridad social, que construye un derecho, con perspectiva universal, de impacto significativo en el ingreso de los hogares de los/as trabajadores más desprotegidos.
Planes asistenciales focalizados de mera mitigación y control social y flexibilización laboral, precarización y desempleo, definieron la contundente y perversa esencia del neoliberalismo de los ’90, que tanto perjuicio les generó al país y a la región. Pérdida o reducción de derechos y planes sociales constituyeron las dos caras de una misma moneda.
Sin embargo, no se trata de desmerecer indebidamente a la asistencia social a las familias que no disponen de los recursos para satisfacer sus necesidades mínimas, como meras medidas populistas, coyunturales y paliativas, que no atacan a fondo las diversas problemáticas derivadas de las situaciones estructurales que generan pobreza y exclusión. Cabe recordar una obviedad: la única manera de atacar a fondo la pobreza es atacando a fondo al sistema capitalista.
De los sectores sociales que se resisten a aceptar una cabal democracia para todos, parten las expresiones de estigmatización y rechazo hacia quienes reciben asignaciones estatales, haciéndolos históricamente objeto de diversos mitos y falsedades: que son vagos y no quieren trabajar; que la ayuda económica que reciben la destinan a bebidas alcohólicas o “que se va a ir por la canaleta del juego y de la droga”; que las niñas y adolescentes “se embarazan a propósito para cobrar la asignación por hijo”, etc.
Por todo ello, además de la diferencia conceptual entre planes sociales y políticas de seguridad social, resulta necesario esclarecer las características y alcances de estas medidas, contribuyendo a desterrar prejuicios de clase, tendientes a preservar los privilegios de aquellos sectores sociales que pretenden negar el legítimo derecho de todos los ciudadanos a tener una vida mejor.
Cuando todos los trabajadores formales (aun los que perciben sueldos importantes) cobran el salario familiar (prenatal, licencia por maternidad, hijo, hijo discapacitado, ayuda escolar, matrimonio, nacimiento, adopción) o desgravan cargas sociales del Impuesto a las Ganancias, no se escuchan voces críticas y despectivas o imputaciones de que se estaría recibiendo un clientelístico plan social o bien que ese ingreso extra sería destinado a vicios o a gastos superfluos. Y está bien que así sea, porque estamos en presencia de una política (por suerte consolidada desde hace tiempo) de seguridad social. Pues bien: lo mismo acontece con la AUH, la asignación por embarazo y más recientemente, por escolaridad y por nacimiento (el Programa Qnitas) que vienen a consagrar para los trabajadores/as informales y los desocupados/as el mismo derecho que tienen los asalariados formales.
Puede parecer ocioso enfatizar acerca de la importancia, en la línea de la prevención, que adquieren las medidas dirigidas a mejorar la calidad de vida de la infancia y la adolescencia. Alimentar, atender la salud y educar a todos los niños y adolescentes, son las cuestiones básicas que hay que garantizar para contribuir a la consolidación de una sociedad más justa y democrática, y para prevenir también nocivas consecuencias futuras, de difícil o hasta a veces imposible resolución.
Para las corrientes neoliberales, los derechos dependen del mercado; es decir, no hay derechos, sino capacidad (o no) de consumo. El derecho al trabajo, a condiciones dignas para el mismo y a la seguridad social y protecciones ante avatares de la vida, exige la intervención del único órgano con capacidad de imponerlo legítimamente, que es el Estado y por la ley.
La AUH se instituyó como un nuevo derecho del ámbito de la seguridad social para todos/as los trabajadores informales y los desocupados y, como tal, debe ser reconocida y caracterizada. No se trata, en consecuencia, de un plan social-asistencial. Ejercer un derecho no es lo mismo que recibir asistencia, a pesar de que la asistencia también es un derecho de la gente.
(Página 12, viernes 14 de agosto de 2015)