“Es el fin de la chicana judicial”, dice el secretario de Justicia, Julián Alvarez, para describir el principal cambio que traerá la aplicación del nuevo Código Procesal Penal. El miércoles por la noche el Congreso aprobó las leyes que permitirán implementar el nuevo esquema de procedimiento que regirá a partir de marzo del año próximo en la justicia nacional (la ordinaria de la Ciudad de Buenos Aires). El funcionario destaca que en la etapa que se abre la existencia de audiencias orales terminará con la posibilidad de que abogados o fiscales presenten largos escritos para demorar o desviar los expedientes, lo que en tribunales se conocen como “chicanas”. En su despacho, donde se destacan las fotos de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y un poster enmarcado de La Cámpora con el ex presidente Néstor Kirchner caracterizado como El Eternauta, Alvarez toma mate, agarra alguno de los juegos de ingenio de madera que hay sobre la mesa y contesta a las críticas que se hicieron al proyecto desde sectores de la oposición. Asegura que las reformas que propusieron fueron tenidas en cuenta y que se oponen por cuestiones “oportunistas y electoralistas”. “Se están perdiendo una oportunidad histórica”, agrega.
El cambio central del nuevo código es que la investigación estará a cargo de los fiscales y los jueces se ocuparán de distar sentencias y cuidar las garantías del proceso. A raíz de esta modificación, desde la oposición se agitó que se daba “demasiado poder” a la Procuradora Alejandra Gils Carbó. “Antes el juez era juez y parte. Estaba mal”, contesta Alvarez. A la Procuración, señala, “se le da el poder que corresponde a los fiscales” y explica que el Ministerio Público “es un organismo es descentralizado, como el Poder Judicial. El fiscal tiene potestad propia para decidir”.
–¿Cuáles son los aspectos más importantes de las leyes que se votaron el miércoles para la implementación del nuevo Código Procesal Penal?
–Son seis leyes, pero todas tienen un mismo sentido, que es consagrar de una vez por todas y de forma definitiva la oralidad en el sistema penal. Lo decía Sarmiento hace más de 150 años, que la Argentina uno de los problemas que tenía era que todavía arrastraba la inquisición como régimen para el sistema penal. Por eso teníamos un sistema que lo llamábamos inquisitivo. Ahora, recién en el siglo XXI estamos entrando al sistema acusatorio (en el que investigan los fiscales). Uno podría preguntarse por qué recién sucede ahora. Luego del regreso de la democracia, con (Raúl) Alfonsín, Julio Maier, uno de los principales penalistas intentó pasar al sistema acusatorio y no pudo. Fue una reforma frustrada, en 1987. Recién en el ’91 se transforma en el Código Levene (que incorporó la oralidad), que queda a mitad de camino. Después de muchos años de lucha de un espacio jurídico que quería este Código Procesal Penal, la Presidenta interpreta eso en el marco de la democratización de la justicia y envía el proyecto al Congreso. No es una ley más, es como el Código Civil y Comercial. Tiene que ver con la estructura del sistema. El paquete de leyes se resume en la oralidad, un sistema dimámico, ágil, rápido.
–¿Qué pude cambiar en la vida cotidiana para los usuarios del Poder Judicial?
–Es el fin de la chicana. La sociedad en términos llanos critica cuando aparecen los abogados y sacan a los detenidos de un día para el otro, la llamada puerta giratoria. Eso es por las chicanas judiciales, que se hacen con escritos que parecen decir muchas cosas y no dicen nada. Necesitamos que los operadores judiciales acepten que es el fin de la chicana. ¿Qué es la chicana? El escrito que dilata, girar incidentes para resolver cualquier cuestión. La oralidad y la audiencia pública en cada paso del proceso penal termina con la chicana.
–¿El argumento es que sirve para meter más gente presa?
–No, no estoy hablando de mano dura sino de terminar con las injusticias. Es injusto que una persona entre y salga si tiene que estar detenida. Como también es injusto el sistema de prisión preventiva automática en el que hay sujetos que no tendrían que estar detenidos. Esto viene a terminar con esas injusticias, ni un detenido que no corresponde ni un liberado que no corresponda. Porque en la oralidad se expresa mejor la realidad, mucho mejor que en un sistema escrito.
–Es más rápido
–Es más rápido y mucho más real. En un escrito, bajo sofisticadas palabras podés expresar algo que parece la realidad pero no lo es. En una audiencia oral, el juez tiene al fiscal, al defensor, al imputado y al querellante, todos exponiendo desde distintas perspectivas. Así puede tomar mejor una decisión que cuando un fiscal presenta un escrito de 150 páginas, se da traslado, contesta el defensor un mes después y termina en un berenjenal con un juez alejado de la realidad. Buscamos que se tomen decisiones correctas. Este Código, hay que aclararlo, no modifica las reglas de fondo sino la metodología, el procedimiento, cómo se arriba a esas decisiones.
–Si es un reclamo histórico de muchos sectores dentro del Poder Judicial la modificación al sistema acusatorio, ¿a qué atribuye el rechazo de los sectores de la oposición?
–Es una estrategia, para mi errónea, que utilizan electoralmente. Se están perdiendo oportunidades históricas, como la sanción del Código Civil y Comercial unificado. Es increíble que los partidos políticos no se presten al debate sobre reformas estructurales para el país. Son cosas que no duran un año, van a durar cincuenta o cien. Es una cuestión puramente oportunista y electoralista. Pensar que es porque no comparten una cuestión particular, una norma, un aspecto técnico, es un absurdo porque el Código Civil y Comercial tuvo más de 300 modificaciones y este Código Procesal Penal también tuvo infinidad de correcciones. De hecho, todas las observaciones que realizó la oposición se tomaron en cuenta. Hasta cuestionaban la fecha de vigencia. El proyecto que enviamos decía que era el 1 de septiembre y se planteó que sea hasta el 1 de marzo para que haya más tiempo para adaptarse, para que los miles de funcionarios entiendan cómo es la metodología de las audiencias orales. Bueno, tienen el plazo para capacitarse.
–¿Por qué se hace la implementación escalonada? Se habla de una tregua con el fuero federal y que por eso se implementa más tarde allí.
–Es fantasía pura. Es siempre igual, cuando presentamos leyes que no le gustan a algunos, dicen que estamos agrediendo al Poder Judicial. Si a algunos les gustan dicen que hay un pacto. Cuando el Consejo de la Magistratura estuvo paralizado nos criticaban porque no designábamos jueces y éramos nosotros los que lo paralizábamos. Cada tanto salían tapas sobre las vacantes que había y que no se llenaban. Cuando logramos hacer funcionar el Consejo de la Magistratura y empezamos a nombrar jueces, las notas eran ‘el oficialismo busca copar la justicia’. Siempre van a ver el vaso vacío.
–Pero ¿por qué se hizo la implementación escalonada?
–Ahora está llegando un grupo de fiscales de Chile, donde se aplicó este sistema y tardaron siete años. El procedimiento de aplicación se tiene que realizar gradualmente para que funcione verdaderamente. Elegimos la justicia nacional, que es la de la Ciudad, que es donde está la mayor tasa de delitos in fraganti. Este Código Procesal tiene un régimen de flagrancia que permite darle respuesta como corresponde. Un caso de flagrancia tiene que estar con condena en dos meses. No puede haber ningún caso que dure más de un año en todo el sistema. Queremos que no haya más casos de personas que sean culpables pero que no pase nada porque prescribió la causa.
–La oposición critica que se le da “un excesivo poder” a la Procuradora Alejandra Gils Carbó...
–Es más de lo mismo. ¿Qué es excesivo poder? ¿Que los fiscales investiguen? En el sistema anterior los jueces investigaban. Es decir que el que tenía que decidir realizaba su propia investigación. ¿Qué iba a decir de su investigación? ¿Que estaba mal? Era juez y parte. Eso estaba mal. Es de sentido común. Ahora va a investigar el fiscal. Los del vaso vacío, como la canción de Los Cadillacs, “siempre habrá vasos vacíos...” dicen que se le da más poder a la Procuradora. Se le da el poder que corresponde a los fiscales. Es un organismo que es descentralizado, como el Poder Judicial. El fiscal tiene potestad propia para decidir, no recibe órdenes de la máxima jerarquía del ministerio Público, como los jueces no reciben órdenes de la Corte. El juez decide y luego la decisión se puede revisar, pero toma sus propias decisiones, lo mismo que el fiscal.
–También criticaron que se aprobara el régimen de subrogancias en el que el Consejo de la Magistratura definirá esos cargos.
–La Corte en un fallo cuestionó la designación de subrogancias. Primero decían que no enviábamos los conjueces, cuando los enviamos decían que queríamos copar la justicia con conjueces. Dictamos una ley que pide que todos los conjuces o jueces designados subrogantes tengan que tener el acuerdo del Senado. El candidato puede ser un juez, que ya pasó por el Senado, o un conjuez que lo envía el Ejecutivo y lo aprueba el Senado.
–¿Que sea el Consejo de la Magistratura el órgano que los designa es una pérdida de poder para los jueces?
–Es una pérdida de poder para las Cámaras, que antes designaban a los propios camaristas. Ahora lo hace el Consejo, que es el órgano que la Constitución dice que es el que tiene que designar y remover magistrados. ¿Es ésa la discusión? No sé por qué dicen que es inconstitucional. Les gusta escucharse diciendo que una norma que no votan es inconstitucional. Degradan el órgano legislativo al que pertenecen. ¿Todas las normas son inconstitucionales?
(Página 12, viernes 12 de junio de 2015)