La diputada nacional del FpV Claudia Giaccone es autora de un proyecto de ley para que los clubes de barrio cobren por la transferencia de derechos federativos o ventas de deportistas surgidos en esas asociaciones.
"Acá hay muchos intereses en juego que se afectan. Por eso debemos tener mucho acompañamiento. Que la ley salga depende de todos", aseguró Giaccone.
Si rescatamos al Estado, YPF, los trenes, el crédito para la vivienda, la jubilación y el trabajo, ¿cómo no vamos a rescatar a clubes?", planteó la diputada nacional del Frente para la Victoria (FpV) Claudia Giaccone sobre una serie de proyectos que apuntan a tal fin. Previo al encuentro que mantuvo días atrás en el club Fisherton con directivos de instituciones rosarinas, habló con Ovación de las iniciativas que lleva adelante, entre ellas el proyecto de ley Derecho de Formación Deportiva que presentó en el Congreso. "Para que sea aprobado hay que ponerle el cuerpo, porque existen fuertes intereses atrás para que eso no ocurra", alertó la legisladora, convocada en la ciudad por Areda (Asociación Rosarina de Entidades Deportivas Amateurs) y la Federación Santafesina de Clubes.
La vicepresidenta segunda de la Comisión de Deportes de la Cámara de Diputados explicó que el objetivo del proyecto "es proteger, ante todo, el derecho del club de barrio, que es en donde se inicia el deportista. Ese club generalmente es el que más aporta e invierte en cuanto a la formación del chico, desde los valores a las normas de competencia, y al final es el que menos recibe. Lo que se quiere lograr con esta norma es que llegue al club un porcentaje de dinero, o su equivalente en especies, que pueden ser desde pelotas o redes, por haber formado al deportista", tanto al que continúe en el ámbito amateur como al que se convierte en profesional.
La legisladora oriunda de Casilda, junto a otros pares, es la firmante de este proyecto en el que se establece que el período de formación "comienza a los 9 años y es hasta los 18".
En líneas generales, la norma determina que un club percibirá un monto de dinero determinado (porcentaje total o parcial sobre el salario mínimo vital y móvil, dependiendo de la edad) cuando se transfieren los derechos federativos de un deportista amateur.
Además, el club será compensado cuando el deportista firme su primer contrato profesional (5 por ciento del valor bruto de lo que percibe el deportista durante todo el período del contrato). Y también en cada ocasión que sean transferidos los derechos federativos de ese profesional (5 por ciento del valor bruto de los mismos).
"En los casos de transferencias al exterior, el club de destino le paga al club de origen, pero este último no lo hace con los clubes que formaron al deportista. Estos son litigios cotidianos y no hay una legislación al respecto", remarcó la legisladora, quien sostuvo que en el proyecto presentado "el derecho de formación es irrenunciable, porque también ha sucedido que los mismos fueron cedidos por presión de intermediarios o representantes".
"La ley prevé que si no se reglamenta el derecho de formación en las federaciones deportivas, se podrá recurrir a la Justicia ordinaria", explicó la legisladora, cuyo proyecto intenta llenar un vacío legal, más allá de que en el fútbol específicamente, la Fifa, y en su defecto la AFA, contemplan este derecho en su reglamento.
"La ley es un beneficio recíproco. Se supone que si existen clubes de barrio con las herramientas necesarias y son sustentables, sin el riesgo permanente de que le cortan los servicios por falta de fondos, será generador de más y mejores deportistas", subrayó.
Giaccone dijo que otro proyecto anterior sobre derecho de formación "tenía media sanción del Senado, pero se cayó en la Comisión de Legislación General. Acá hay muchos intereses en juego que se afectan. Hay transferencias que son millonarias. Por eso debemos tener mucho acompañamiento desde abajo, de los dirigentes de los clubes. Hay que contarles a todos de qué se trata, hacer reuniones en cada provincia invitando a los legisladores. Para que sea aprobada la ley hay que ponerle el cuerpo, porque existen fuertes intereses atrás para que eso no ocurra. Que la ley salga depende de todos".
El Mundo Amateur
OTRO PROYECTO A FAVOR DE LOS CLUBES
Lo presentó la Diputada Nacional santafecina Claudia Alejandra Giaccone, acompañados por los Diputados Jorge Alberto Cejas (Río Negro), Marcia Sara María Ortíz Correa (Catamarca) y Guillermo Ramón Carmona (Mendoza)
La diputada nacional santafecina Claudia Alejandra Giaccone el pasado 9 de mayo presentó en la Cámara de Diputados de la Nación su tercer proyecto a favor de todos los Clubes de Barrio del país. Los anteriores fueron el de “Derecho Deportivo” y “la cuota deportiva para la AUH”.
Acompañados por los diputados Jorge Alberto Cejas (Río Negro), Marcia Sara María Ortíz Correa (Catamarca) y Guillermo Ramón Carmona (Mendoza) presentó un proyecto de Ley donde se crea el Programa "Transporte Deportivo", por el cual todos los jóvenes menores de dieciocho (18) años podrán viajar exentos de pago del boleto respectivo, en los medios de transporte público de pasajeros, siempre que acrediten realizar actividades deportivas en clubes, asociaciones, centros deportivos o cualquier otra organización de la sociedad civil.
En una parte de sus fundamentos el proyecto de Giaccone expresa: Recientemente el Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, el argentino Papa Francisco expresó: "No concibo la Educación sin el Deporte",agregando "Tenemos que hacer un salvataje de la niñez, de la cultura del descarte". "Un salvataje a través de la educación, el deporte y el arte popular, tres patas que van haciendo entrar a los chicos en los valores sociales. Si no, van a terminar en la picadora de carne de las adicciones". (Agencia Informativa Católica Argentina Jueves 20 de marzo de 2014).
El proyecto por el expediente 3360-D-2014 fue girado a las siguientes comisiones para ser tratado.
El Senado y Cámara de Diputados...
"Transporte Deportivo"
ARTICULO 1°.-: Créase el Programa "Transporte Deportivo" por el cual todos los jóvenes menores de dieciocho (18) años podrán viajar exentos de pago del boleto respectivo, en los medios de transporte público de pasajeros, siempre que acrediten realizar actividades deportivas en clubes, asociaciones, centros deportivos o cualquier otra organización de la sociedad civil.
ARTICULO 2°.-: El pase será personal e intransferible otorgado por la Secretaría de Transporte, Autoridad de Aplicación de esta ley, quien habilitará hasta 30 viajes gratuitos mensuales.
ARTÍCULO 3°.-: La Autoridad de Aplicación en coordinación la Secretaría de Deportes de la Nación deberá reglamentar e instrumentar las medidas pertinentes para el cumplimiento de esta ley dentro de los noventa días siguientes a la fecha de su promulgación.
ARTÍCULO 4°.-:Los gastos que demande la implementación de la presente ley serán atendidos con la partida específica del crédito que determine el Ministerio del Interior y Transporte.
ARTÍCULO 5°.-: Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 6°.-: Comuníquese al Poder Ejecutivo.