ARGENTINA / La Justicia ordena la grilla de Cablevisión / Nota






Una resolución judicial dispuso que la empresa de cable del Grupo Clarín reordene su grilla de canales según las disposiciones de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.



La empresa de televisión por cable Cablevisión deberá ordenar la grilla tal como lo estipula la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Una resolución judicial a favor de una medida cautelar presentada por el titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Santiago Aragón, obliga a la empresa a cumplir con el ordenamiento de los canales establecido en el artículo 63 de la ley sancionada en octubre del 2009 sobre la que pesan aún en algunos artículos medidas cautelares promovidas por el multimedios.

“Es un paso enorme en el cumplimiento de la ley y como organismo estamos dispuestos a garantizar la norma en todos los ámbitos”, afirmó Aragón al conocer la resolución del Juzgado Contencioso Administrativo 9. El juez a cargo, Pablo Cayssials, resolvió ordenar a Cablevisión S. A. “disponer su grilla tal cual lo establece el artículo 63 de la Ley 26.522”. Así, la empresa de cable deberá ordenar la grilla según el género de los canales, como lo establece la norma. Deberá incluir al canal de noticias CN23 y reunir las distintas señales televisivas por su contenido como infantiles, educativos e informativos en forma correlativa y dar prioridad a las señales del Estado como así también a las señales locales, regionales y nacionales.

Un poco de historia… reciente
El multimedios Clarín –propietario de Cablevisión– logró frenar los alcances de la ley de medios desde su sanción en octubre de 2009. La norma es uno de los emblemas de la gestión kirchnerista al reformular el escenario mediático que sufrió una gran concentración en pocas manos durante la década menemista. A través de una ingeniería de medidas cautelares solicitadas en distintas provincias, el Grupo Clarín logró detener el artículo que promueve la desinversión en los casos de monopolio, así como el de la modificación de la grilla de canales. Mientras se espera que la Corte Suprema trate el tema del articulo 161 de desinversión, el fallo del juez Cayssials obligará a Cablevisión, que “incurre en falta sistemática” sobre este punto, a “respetar lo establecido por la ley y su posterior reglamentación aplicando como los demás cable operadores, el orden establecido en la grilla a partir de la resolución 296 del Afsca, que reglamenta el artículo 63”.


“He recibido la instrucción de la Presidenta de la Nación de hacer cumplir la ley de medios en su totalidad y este es un paso más en esta dirección que garantiza la libertad de expresión y de información de todos los argentinos”, destacó Aragón al explicar la medida cautelar solicitada a la Justicia. En ese sentido destacó que se reconocía la “potestad del Afsca” para “definir el orden en la grilla de los canales y no de un privado que se abusa de su posición dominante en el mercado del cable para posicionar las señales de su propiedad”.

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