1.- ¿El proyecto responde razonablemente a los criterios recomedados por la ciencia política para el desarrollo de una política comunicacional democrática?
Indudablemente, SÍ, porque adopta una política comunicacional de corte universalista, plasmada en una legislación clara, que permitirá el máximo aprovechamiento de los sistemas de información y comunicación, mediante una administración y distribución equitativa y justa de las frecuencias radioeléctricas (de radio y televisión), y de las señales que permitirán de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (sistemas satelital, de cable, digital, etc.); creando para ello un organismo público de aplicación de la ley, dotado de los recursos presupuestarios, humanos y tecnológicos necesarios para el desempeño de su rol de garante del cumplimiento de la ley; asegurando en ese organismo la participación democrática de todos los sectores interesados y de la ciudadanía en general.
2.- ¿Este proyecto incrementará el reconocimiento internacional sobre el proceso democrático de nuestro país?
Indudablemente, SÍ, porque dará cumplimiento a las obligaciones asumidas por el Estado Argentino ante la comunidad internacional, mediante la suscripción de los Tratados Internacionales, en todo lo relativo al derecho humano fundamental a la libertad de expresión, a la información y a la comunicación, al derecho a buscar, a transmitir y a recibir informaciones e ideas y opiniones, de todo tipo, sin limitación de fronteras, y por cualquier medio de comunicación y expresión.
3.- ¿Este proyecto democratizará los Servicios de Comunicación Audiovisual?
Indudablemente, SÍ, porque garantiza la pluralidad de voces, es decir, que universaliza el acceso a los medios de comunicación, de manera que todos los habitantes de nuestro país tendrán, en materia de libertad de expresión, los mismos derechos y las mismas posibilidades concretas de ejercitarlos. Se pone en pie de igualdad a todos los ciudadanos y a todos los medios de comunicación, y distribuye el espectro radioeléctrico en un 33% para la gestión privada, un 33% para la gestión de las OSC sin fines de lucro y un 33% para entes y organismos estatales, nacionales, provinciales y municipales.
4.- ¿El proyecto es realmente federalista?
Indudablemente, SÍ, porque crea la nueva Autoridad de Aplicación, integrada por cinco miembros, designados por el PEN, dos de ellos en representación de la segunda y tercera minoría parlamentaria, a propuesta de la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Social, y un Consejo Federal de Comunicación Audiovisual, integrado por representantes de los medios de comunicación, de los periodistas, de todas las provincias, y de otros sectores interesados.
5.- ¿Tendrán derechos los ciudadanos, como sujetos universales del derecho a la información, frente a los medios de comunicación?
Indudablemente, SÍ, porque conceptualiza y define la actividad de los medios de comunicación como una Actividad de Interés Público, crea el Consejo Asesor del Audiovisual y la Infancia, y la Defensoría del Público, prevé la incorporación como nuevos actores del sector a las O.S.C., establece la Abono Social, la participación ciudadana en la realización de Audiencias Públicas, la Protección de la Niñez por Contenidos Delicados, reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos del derecho a la libertad de expresión, y prevé el Derecho de Acceso a Acontecimientos Deportivos.
6.- ¿Favorece el desarrollo de nuestras industrias culturales?
Indudablemente, SÍ, porque fomenta la diversidad y los contenidos regionales, establece la Cuota de Pantalla del Cine Nacional y porcentajes mínimos obligatorios para la difusión de la música nacional en los medios radiales.
7.- ¿El proyecto es un invento del oficialismo?
Indudablemente, NO, porque la propuesta oficial se ha hecho eco de la “Iniciativa Ciudadana para una Nueva Ley de Radiodifusión para la Democracia”, propiciada desde el año 2004 por diversas OSC.
8.- ¿Otorga posición monopólica a las empresas de telecomunicaciones?
Indudablemente, NO, porque el ingreso como nuevos actores del sector está previsto, además de las OSC, para los prestadores de servicios públicos, donde también podrán ingresar, por ejemplo, los prestadores de servicios de energía eléctrica, etc.). Y, además, limita la cantidad de licencias de radio y televisión que puede tener cada actor.
9.- ¿Es razonable posponer el tratamiento del proyecto hasta después del 10 de diciembre?
Indudablemente, NO, porque queda poco tiempo para el inicio de la transición del sistema analógico al DIGITAL y se desarrollan aceleradamente las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones. El proyecto establece las previsiones necesarias al respecto y la demora en su sanción podría tener como consecuencia la adquisición de posiciones dominantes a futuro por parte de los grupos multimedios hoy establecidos como oligopolios de la comunicación.
Además, es hora de saldar esta gran deuda de la democracia: El Decreto Ley 22285, firmado por Jorge Rafael Videla y Martinez de Hoz, debió ser derogado el 11 de diciembre de 1989, es antidemocrático, inconstitucional y obsoleto, y reposa sobre la sangre de todos los periodistas secuestrados, torturados, desaparecidos y asesinados por la dictadura militar.
10.- ¿Está inhabilitado el Congreso de la Nación para tratar este proyecto de ley?
Indudablemente, NO, porque en las elecciones del 28 de junio ppdo no se votó por una revocatoria de mandatos (ni legislativos, ni ejecutivo); porque si el Congreso estuviese inhabilitado para tratar este proyecto, también lo estaría para tratar todo otro proyecto de ley; porque si estuviese inhabilitado, debería suspender sus actividades hasta el 10 de diciembre; porque el PE tiene la obligación de ejecutar las actividades de gobierno, lo que incluye la facultad de remitir al Congreso los proyectos de ley que considere necesarios; porque somos los ciudadanos de la República Argentina quienes les pagamos los sueldos a los legisladores para que puedan cumplir con sus obligaciones y no podemos admitir que no resuelvan las cuestiones que por mandato constitucional y popular tienen la obligación de resolver.
11.- ¿Es verdad que el otorgamiento de las licencias se podrá revocar cada 2 años?
Es absolutamente falso. Los que se hará cada 2 años será revisar las reglas de los arts. 38 y 38, en relación a la utilización de nuevas tecnologías, con el objeto de resguardar la competencia, el interés del público, y promover el pluralismo y el desempeño de los prestadores de la actividad, preservando los derechos de los titulares de licencias o autorizaciones al momento de la revisión. Es para evitar que algunos prestadores se posicionen en forma dominante.
12 ¿Qué busca la oposición con la postergación del tratamiento del proyecto de ley?
Busca lo que lograron hacer durante 25 años: impedir, si es posible para siempre, que tengamos una ley de radiodifusión democrática. Se sienten muy cómodos con el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional y con las normas firmadas por los dictadores.
13.- ¿Es perfectible el proyecto oficial?
Indudablemente, SÍ. Siempre son perfectibles los proyectos de ley. Para eso los debe tratar el Congreso.
(Carta Abierta Mendoza: documento elaborado por petición de docentes de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, y de la carrera de Comunicación Social, de la Universidad Nacional de Cuyo)