La Procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó anuló el desquicio de reformas estructurales que le dejó su predecesor interino: creación de cuerpos técnicos, modificación del régimen de selección de magistrados, diseño de la política criminal y de persecución penal, fijación de políticas de superintendencia y de personal, incrementos presupuestarios y pagos irregulares.
El Huracán Alejandra impactó de lleno en las costas de la Procuración General de la Nación, con una serie de resoluciones firmadas el viernes 12, que corrigieron el desquicio de reformas estructurales, creación de cuerpos técnicos y laboratorios, modificación del régimen de selección de magistrados, diseño de la política criminal y de persecución penal, fijación de políticas de superintendencia y de personal, cambios en la organización funcional, asignaciones presupuestarias, pagos irregulares y designaciones sin justificación dispuestas por el Procurador Subrogante Luis Santiago González Warcalde en cuanto asumió su interinato. Al asumir su interinato, en mayo, González Warcalde informó al jefe de gabinete de ministros que la Procuración estimaba hasta el fin del ejercicio un déficit de 68,7 millones de pesos (sin incluir el gasto proyectado por vacantes). En setiembre, cuando se hizo cargo Gils Carbó, ese déficit casi se había duplicado: 127 millones de pesos.
Las espinas de la Rosza
Al fallar en el caso “Rosza”, en 2007, la Corte Suprema de Justicia estableció en forma taxativa que las facultades excepcionales y transitorias otorgadas a un magistrado subrogante sólo se justifican para no paralizar la administración de Justicia y privar a los justiciables de su derecho a un tribunal que atienda sus reclamos sin demoras. Los votos de Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay en esa misma causa añadieron que el cometido constitucional de un juez suplente nunca fue “integrar el Poder Judicial sino evitar la denegación de Justicia asociada a la paralización de los tribunales vacantes”. Entre las ilegítimas resoluciones anuladas ahora por Alejandra Gils Carbó figuran los ascensos y la creación de una serie de cargos muy bien remunerados, en los cuales González Warcalde designó a personas de su confianza personal, que se consignaron aquí el 27 de mayo (“Salto a la garrocha”). Gils Carbó devolvió a sus tareas anteriores a casi todos los funcionarios mencionados en aquella nota: los secretarios letrados Gustavo López Arean y Jaquelina Clemmensen, quienes habían sido ascendidos a cargos de Secretario, con rango y sueldo de camarista, a los que en una situación normal se llega sorteando difíciles concursos y luego de veinte años de carrera; los escribientes titular y auxiliar Francisco Palma y Agustín Moreno, quienes habían saltado cuatro rangos para ser Prosecretario y jefe de despacho; la escribiente auxiliar Angeles María Martínez Zuviría, que avanzó cinco niveles; los secretarios letrados, que perciben la misma remuneración que un juez de primera instancia, Benjamín Fernández Pezzano y Pablo Daniel Eiroa; la oficial Marina Narváez, que había trepado tres escalones, de oficial a subsecretaria letrada, y la subsecretaria Clarisa Federico. Todos ellos se desempeñaban en el Area de Derecho Penal a cargo del propio González Warcalde y ahora deben volver a la casilla anterior, lo mismo que Francisco José Ulloa, quien regresará a la Secretaría Disciplinaria, Técnica y de Recursos Humanos. Gils Carbó también revocó un pago excepcional injustificado de casi cien mil pesos al fiscal federal Carlos Rívolo, quien deberá devolverlo.
El quiosco
Un funcionario de la Procuración le dijo a Gils Carbó que en los meses previos a su designación “asaltaron el quiosco y se llevaron todas las golosinas”. El fundamento común a todas las resoluciones del viernes es que al actuar como Procurador interino, González Warcalde no estaba facultado para tomar irrazonables decisiones de fondo que condicionan el desempeño futuro de la Procuración y su presupuesto:
n Designó en la estructura de la Procuración a 612 agentes interinos o contratados y ascendió a 44 funcionarios y empleados dentro de la estructura central del organismo. Llegó a efectivizar a un contratado para cubrir una licencia por embarazo. El Régimen de Funcionarios y Empleados del Ministerio Público Fiscal (Resolución 128 de 2010) dispone que los magistrados subrogantes sólo pueden efectuar designaciones con carácter interino. La Asesoría Jurídica de la Procuración General advirtió que sólo era razonable el ejercicio de las competencias del Procurador suplente para “el desenvolvimiento normal y habitual de la gestión administrativa”, dado el carácter excepcional y transitorio de su mandato. Pero además, la ley 19.549 es precisa en su previsión de que los actos administrativos no pueden “perseguir otros fines, públicos o privados, distintos de los que justifican el acto, su causa y objeto”. Esta delimitación de las atribuciones del Procurador interino “impidió que los agentes adquieran estabilidad en los cargos”, por lo que la Procuradora deberá revisarlos en el lapso de un mes. Lo más probable es que, ya anulados los ascensos en los cargos más altos, el resto sea confirmado y sólo haya unas pocas cesantías.
n También obsequió un 10 por ciento adicional por título universitario, al margen del criterio de los Poderes Ejecutivo y Judicial. Righi había reglamentado la bonificación, de modo que fuera automática para todos los abogados. González Warcalde la extendió a cualquier título universitario en carreras de por lo menos cuatro años, aunque no tuvieran relación con la tarea de los agentes, por ejemplo, un ingeniero agrónomo. Como no se dio la intervención obligatoria a la Secretaría General de Administración ni se realizó un censo de los agentes beneficiados para analizar el impacto presupuestario, la resolución no consolidó situaciones jurídicas individuales y su derogación no afecta derechos adquiridos.
n Además, González Warcalde modificó el cómputo del concepto salarial por antigüedad. En aplicación de un criterio fijado por la Corte Suprema, Righi había dispuesto que la bonificación se pagara por la antigüedad de servicio en cualquier dependencia del Estado o del título, la que fuera más favorable al beneficiario. En cambio González Warcalde estableció sin darle intervención ni a la Asesoría Jurídica ni a la Administración un régimen mixto en el que ambas opciones se suman. AGC dejó sin efecto esa resolución. n Como si su mandato no fuera por pocos meses sino definitivo, González Warcalde encaró un ambicioso plan de reformas estructurales: creó una Dirección de Cuerpos Técnicos, un Laboratorio Informático Forense, una Oficina de Optimización Laboral, un nuevo Régimen de Selección de Magistrados y constituyó una Comisión Redactora para la elaboración de un proyecto de ley orgánica del Ministerio Público. Encabezaban esa Comisión los dos fiscales generales de la Ciudad de Buenos Aires, su titular, Germán Garavano, y el adjunto, Luis Cevasco, y no la integraba ningún fiscal del fuero más extenso, el de instrucción. Garavano fue director académico de FORES (el grupo de lobby judicial creado en apoyo de la dictadura militar y luego reciclado como think tank de Maurizio Macrì y Francisco De Narváez) y es un declarado crítico de las regulaciones estatales que a su juicio obstaculizarían el crecimiento. Cevasco solicitó el arresto y procesamiento de los delegados gremiales del subte. Al asumir, Gils Carbó sugirió a Garavano que lo mejor para todos era una renuncia sin escándalo, que obtuvo en el acto. Ahora disolvió el engendro junto con las demás creaciones de última hora de González Warcalde.
n Por último, Gils Carbó repuso al fiscal subrogante Fernando Gustavo Javier Gimena ante el tribunal oral federal que lleva las causas por violaciones a los derechos humanos en Santiago del Estero, en respuesta a una petición de los organismos defensores de los derechos humanos. González Warcalde lo había desplazado, colocando en su lugar al fiscal Pedro Eugenio Simón, que hizo su carrera como abogado desalojando campesinos de tierras apetecidas por grandes terratenientes.
(Diario Página 12, domingo 14 de octubre de 2012)